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Las candidaturas a Porta 65-Jovem pueden presentarse hasta el 30 de mayo

7 MAYO 2023
Temas
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El programa tiene nuevos topes máximos para el alquiler permitido y se está debatiendo la posibilidad de que las solicitudes sean válidas todo el año.
Las candidaturas a Porta 65-Jovem pueden presentarse hasta el 30 de mayo
Fuente: Freepik
Autor: Redacción

Todos los jóvenes de hasta 35 años con una vivienda en alquiler, que aún no se benefician de ayudas, tienen hasta el 30 de mayo para solicitar Porta 65. Tras las últimas actualizaciones del Gobierno contempladas en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, en las que se aplicaron algunos ajustes al programa, ya están en vigor nuevos topes máximos para el alquiler permitido, lo que permitirá que más jóvenes puedan solicitarlo. Sin embargo, esta no es la única novedad, ya que se está debatiendo, en una propuesta inserta en el ámbito del Programa "Más Vivienda", la apertura de estas solicitudes durante todo el año, al contrario de los periodos definidos actualmente, y que se debatirá en el Parlamento ya el próximo 19 de mayo.

A finales de 2021 eran 11.052 los jóvenes contemplados por la ayuda, un número que ha ido en aumento y para el que el Gobierno ya ha establecido un objetivo, queriendo llegar, hasta 2026, a 22.000 jóvenes. Para ello, se sabe que se incrementará anualmente el presupuesto destinado al programa, que deberá alcanzar los 47 millones de euros en los próximos tres años. 

Las aplicaciones para este año se inició el pasado 28 de abril y se extenderá hasta las 17:00 horas del 30 de mayo, aunque puede haber actualizaciones de acuerdo con la próxima reunión en el Parlamento portugués, y se espera que sean continuas, de acuerdo con los ajustes que aún se están realizando por el Instituto de Vivienda y Rehabilitación Urbana (IHRU).

¿Cómo se puede solicitar?

Através do Portal da Vivenda, onde é necessário preencher um formulário eletrónico acessando o Portal Financeiro com número de contribuinte e conta-chave. Los documentos necesarios son los siguientes
  • Contrato de promesa o contrato de arrendamiento, donde debe constar la posibilidad de renovación o el plazo de vigencia, traduciéndose en los 12 meses de subvención. 
  • Recibo de la renta del mes anterior o del mes en el que se realiza la solicitud, aunque también se podrán admitir los tres últimos recibos de transferencia del pago de la renta, anteriores al periodo de solicitud.
  • Documentos identificativos de todos los elementos indicados en la solicitud, ya sean candidatos, dependientes o ascendientes.
  • Justificante de ingresos a través de Hacienda del año anterior. Si no se dispone de ella, deberá acreditarse mediante el certificado de exención de IRS, que puede obtenerse en el portal de finanzas, o mediante el extracto de carrera de cotización, obtenido en la página directa de la Seguridad Social.
Tienen derecho a la prestación todos los jóvenes mayores de 18 años y menores de 35 que cohabiten o sean solteros, aunque en una pareja, si uno de los miembros tiene 36 años y el otro 34, siguen teniendo derecho a la prestación. En esta situación, no es necesario que la pareja esté casada o viva en pareja de hecho. 

En lo que se refiere al valor del alquiler, éste no debe ser superior al valor máximo permitido en la zona donde se encuentra el inmueble, de acuerdo con los tipos indicados en la tabla - que también se puede consultar en el Portal de Vivienda. Además, para poder presentar la candidatura, la tasa de esfuerzo no debe ser superior al 60%. 

¿Cuándo se publican los resultados y qué ocurre si mi solicitud es aprobada?

Normalmente, las candidaturas se analizan durante 60 días tras la finalización del plazo en abril y se espera que los resultados se publiquen en el mes de septiembre, que aparecerán en el Portal de Vivienda. Y, si la candidatura es aprobada, el candidato se beneficiará de una subvención durante 12 meses, destinada al pago del alquiler, que corresponde a un porcentaje de su valor. 

Los pagos se realizan por transferencia bancaria, al NIB indicado en la candidatura, hasta el día 8 de cada mes y la subvención puede extenderse, como máximo, hasta 5 años o 60 mensualidades, siendo la primera atribuida tras los resultados del concurso sin efectos retroactivos. 

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