DESCRIPCIÓN 3 Edificios adyacentes, ubicados en Mexilhoeira da Carregação - Lagoa - Algarve; Construido antes de 1951; ÁREAS Superficie total de terreno igual a 337,10 m2; Superficie privada bruta igual a 159,20 m2. FORTALEZAS Potencial para edificio de 3 plantas (planta baja a 2º) Matriz de Artículos No. 270, 271 y 272 Plan Maestro Municipal de Lagoa Los artículos entran en la categoría de Espacios Centrales del MDP de Lagoa. Los espacios centrales del municipio de Lagoa ocurren en Lagoa, Carvoeiro, Ferragudo, Estômbar, Parchal, llevar mexilhoeira. Los espacios centrales están destinados principalmente a usos residenciales. Artículo 62 Parámetros de construcción En los espacios centrales, las operaciones urbanas cumplen con los siguientes parámetros de Edificabilidad: a) se autorizan las obras de construcción, reconstrucción, modificación, ampliación y conservación; demolición (sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32), urbanización, adjudicación y operaciones destacadas, siempre que respeten: i) Las alineaciones de los planos de fachada existentes, y el Ayuntamiento podrá definir otros, cuando así sea necesario por razones de interés público o de seguridad urbana autoridades públicas, en particular por razones de funcionalidad espacial y seguridad vial; (en estos casos se creó espacio libre a la carretera para un recorrido de 1,5 m de ancho) ii) la altura media de las fachadas en el tramo entre dos transversales, en el que el edificio está integrado, o conjunto de edificios; (en estos casos planta baja, 1ª y 2ª planta) iii) la altura de la fachada máxima de 7,5 m cuando no haya ningún edificio en esa alineación; o cuando las alturas medias son inferiores a ese valor; (en estos casos la media de las alturas de la fachadas es superior) iv) En los casos previstos en el inciso anterior en el contexto de la delimitación de las unidades ejecutoras, La altura de la fachada puede superarse si se justifica desde el punto de vista urbanístico y su inserción en el entorno urbano. b) las bodegas estarán autorizadas en las condiciones establecidas en el artículo 34 del presente Reglamento; (cuando se superan los 3 tramos por artículo, el estacionamiento es obligatorio en sótano o en el planta baja); c) deberá observarse la volumetría y la morfología del entorno; d) Las operaciones urbanas deberán ser compatibles con los valores de los inmuebles existentes y integrarse adecuadamente en el entorno urbano; e) intervenciones en el inmueble catalogado o en bienes inmuebles de interés para el activos, se rigen por la ley aplicable y el artículo 20, respectivamente CERCA Restaurante a 0.15 km Parque infantil a 0.2 km River a 0.3 km Escuelas a 0.4 km 3 km de golf; 3.5 km de la playa; A 20 km del hipódromo internacional del Algarve; 66 km del aeropuerto de Faro; A 266 km de Lisboa. LuxRE - Confianza y excelencia #ref:LUX0182