Fuente: Freepik Autor: Redacción Este viernes, 9 de febrero, se han abierto las solicitudes para el Subsidio Municipal de Alquiler Asequible (SMAA), promovido por el Ayuntamiento de Lisboa para ayudar a familias y profesionales desplazados que perciban unos ingresos mínimos de 6.000 euros. Hasta el 9 de marzo, pueden solicitarlo los hogares que cumplan los criterios de acceso que te explicamos. Recientemente, el umbral de ingresos que da derecho a la solicitud fue rebajado por el ayuntamiento, lo que permite abarcar a un abanico más amplio de beneficiarios , de modo que las familias que estén alquilando una vivienda en la capital o hayan firmado un contrato de arrendamiento pueden presentar sus solicitudes de subvención municipal. Para ello, sólo tienen que rellenar el formulario disponible en línea en la Plataforma Habitar Lisboa y presentarlo antes de las 17.00 horas del 9 de marzo, teniendo en cuenta los siguientes criterios de admisibilidad: Ser mayor de 18 años, nacional o extranjero con permiso de residencia en vigor; Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda en vigor o de un contrato de promesa de arrendamiento en la ciudad de Lisboa, debidamente registrado en la Agencia Tributaria; Tener toda la unidad familiar con residencia permanente y fiscal en la vivienda subvencionada, así como estar en cumplimiento del mismo contrato; Comprobar que la carga fiscal de la unidad familiar es igual o superior al 30% de sus ingresos en el momento de la solicitud; Un límite mínimo de 6.000 euros de los ingresos totales del hogar, así como un límite de 35.000 cuando haya una sola persona, o de 45.000 euros cuando haya más de dos personas en el hogar, más 5.000 euros al año por cada dependiente adicional que figure en la declaración de la renta; La vivienda alquilada está situada en Lisboa y el alquiler está dentro de los límites especificados. El importe de la subvención a conceder se calculará en función del alquiler mensual pagado, de la tasa de esfuerzo y de los ingresos mensuales percibidos, como se indica en el ejemplo: Alquiler contratado - Índice de esfuerzo x Ingresos mensuales disponibles = Ayuda Más personas podrán solicitar el SMAA Según el Ayuntamiento, una de las novedades del programa de ayudas ha sido la ampliación del universo de beneficiarios como consecuencia de la reducción aplicada en el límite mínimo de ingresos globales de las familias con derecho a la ayuda, que ha pasado de 9.870 euros a 6.000 euros. Redujimos la cuantía de acceso al Subsidio Municipal de Alquiler Asequible para permitir que personas que antes no cumplían los criterios para acceder a este programa puedan ahora estar cubiertas y beneficiarse de una ayuda mensual para pagar su alquiler, afirmó Carlos Moedas, alcalde de Lisboa. Por su parte, Filipa Roseta, concejala de Vivienda , explica el motivo de la reducción del límite mínimo de ingresos globales, así como el objetivo de la ayuda, que es dar respuesta a una franja importante de la población, especialmente jóvenes, personas mayores y familias monoparentales, que no pueden acogerse a los programas municipales PRA (Programa de Alquiler Asequible) y SMAA, por tener unos ingresos globales familiares en su declaración del IRPF inferiores al límite mínimo de acceso previsto [. ...], actualmente de 9.870 euros . El cambio entra en vigor en esta nueva convocatoria de subvenciones, que además amplía la aplicación de las medidas extraordinarias a todos los grupos de edad mayores de 18 años , a diferencia de lo que ocurría anteriormente , sólo para jóvenes hasta 35 años . La medida es ahora más amplia e inclusiva, y puede llegar a más personas, sobre todo a pensionistas con pensiones inferiores al salario mínimo, que antes quedaban fuera , según la concejala de Vivienda, que recuerda que en 2023 el SMAA apoyará a 1.000 familias, tras haber repartido 1,5 millones de euros en ayudas para el pago del alquiler. Lee también: Las familias monoparentales ya no tienen un alquiler fijo , ¿Vas a ser inquilino? Qué tener en cuenta antes y después
Fuente: Freepik Autor: Redacción Si estás buscando una casa para alquilar, hay algunos puntos importantes a tener en cuenta a la hora de dar este paso. Vea a continuación los consejos que SUPERCASA Notícias le trae. Filtra tus búsquedas Puedes empezar haciendo una búsqueda en portales inmobiliarios, d onde puedes filtrar la búsqueda por varias características (te sugerimos dos nacionales: SUPERCASA y CASASAPO ), para ver qué es l o que más te gusta y se ajusta a lo que estás buscando: ¿casa? ¿piso? ¿De qué tipo? ¿Quieres la casa ya amueblada o no? Alquilar Otro punto importante, que debes tener en cuenta en tu búsqueda, es: ¿cuánto puedes pagar de alquiler y estás dispuesto a pagar? Evalúe el impacto que esto tendrá en su presupuesto económico y familiar. Considere que la tasa de esfuerzo no debe superar el 35%. Comprueba si realmente te compensa pagar un alquiler que está por encima de tus posibilidades. Ubicación La zona donde vas a alquilar una casa es importante, ya que tendrás que ver qué es lo ideal para ti: ¿está cerca de servicios esenciales (colegios, trabajo, supermercados, hospitales)? ¿Es un lugar tranquilo, con naturaleza o parques y jardines cerca, o está en el centro de la ciudad? Si está lejos, ten en cuenta otros gastos , como el combustible que gastarás para desplazarte o el coste de un abono mensual de transporte. Visite la propiedad Para asegurarte de que eliges bien, c oncierta una cita para visitar las distintas propiedades que te interesen. Puedes aprovechar para pedir al propietario de la vivienda o al agente inmobiliario que te esté ayudando más información y algunos documentos sobre el inmueble , como la identificación del propietario, el certificado y la cartilla del terreno, el certificado energético, la licencia de uso o el seguro de riesgo de incendios. Aprovecha la visita para analizar con detalle el inmueble, especialmente su estado, y aclarar cualquier duda que pueda surgir. Analice y lea detenidamente el contrato de alquiler Como ya hemos dicho, antes de firmar el contrato, asegúrese de tener copias de algunos documentos oficiales: Reglamento de la comunidad de propietarios (si procede); Identificación del propietario; Certificado del Registro de la Propiedad; Caderneta predial; Licencia de uso; Certificado energético; Seguro obligatorio de riesgo de incendio; Asegúrate de que el contrato contiene toda la información importante: Identificación y datos del arrendador y del arrendatario; Importe del alquiler y forma de pago; Autorización para realizar obras e identificación de la persona que las realiza; Quién paga los gastos comunes (escaleras, ascensor, jardines, etc.) Identificación del avalista (si lo hay); Si puede o no tener animales de compañía; Duración del contrato y plazo de rescisión; Anexo al contrato con la lista de bienes y su estado; Fecha, hora, lugar y firmas. No olvide también verificar el régimen de actualización del alquiler, revisar cuidadosamente el contrato y aclarar cualquier duda que tenga. Lea más sobre: Alquilar una casa: cómo encontrar un buen inquilino y Seguro obligatorio para propietarios e inquilinos: infórmate
Fuente: Freepik Autor: Redacción El lunes 6 de febrero salió la convocatoria del segundo concurso Arrendar para Subarrendar del IHRU, con nuevas reglas para las familias monoparentales. Este apoyo, que tiene como objetivo apoyar los alquileres y está dirigido a la clase media, ahora va de la mano con los cambios en los tramos de impuestos del IRS, habiendo anunciado un aumento en los valores máximos de ingresos definidos en los criterios de elegibilidad para el apoyo, permitiendo que más candidatos se presenten a la lotería. Según el anuncio hecho público por el IHRU, las familias monoparentales ya no tendrán un alquiler fijo, sino que podrán pagar una cuota mensual que fluctúe en función de sus ingresos , obteniendo así un alquiler más bajo que el resto de solicitantes. Actualmente, el alquiler mínimo es de 287 euros al mes, lo que corresponde al 355% del salario mínimo nacional , igual que la cantidad fija que pagan los demás solicitantes. Así pues, para beneficiar a las familias monoparentales, el IHRU ha creado una horquilla para calcular los alquileres de estos hogares, con un nivel inferior en comparación con el precio del alquiler de los demás solicitantes, que siguen pagando la cantidad mensual fija, independientemente de sus ingresos. Sin embargo, el importe del alquiler que pagan las familias monoparentales se calculará sin tener en cuenta el número de personas a cargo, considerando en su lugar el criterio de hogar compuesto por niños o jóvenes con derecho a la prestación familiar y otra única persona, mayor de edad, pariente o familiar, en línea ascendente directa hasta el 3er grado o en línea colateral hasta el 3er grado, adoptante, tutor o persona a la que el niño o joven esté confiado por decisión judicial o administrativa de entidades o servicios legalmente competentes para ello , según se menciona en la convocatoria del concurso. Aumentan los ingresos brutos anuales para solicitar el programa Anteriormente, una familia con unos ingresos brutos anuales de 35.000 euros, en el caso de una persona, podía presentar su solicitud, algo que ha cambiado en la nueva convocatoria, en la que sólo pueden presentarse los hogares con unos ingresos anuales iguales o inferiores a 39.971 euros, en el caso de una persona. La cuantía aumenta en proporción al número de personas que componen el hogar. Así, pueden optar a la ayuda las familias con ingresos anuales de hasta el tramo 6 del IRS, teniendo prioridad los hogares de hasta 35 años, las familias monoparentales o las familias con una disminución de ingresos de hasta el 20% de sus ingresos en los tres meses anteriores o en el mismo periodo del año anterior. Según la normativa vigente, la mensualidad que abona el IHRU a los arrendadores es como máximo un 30% superior a los límites generales del precio del alquiler , por tipo y municipio de ubicación de la vivienda, incluidos en el Programa de Ayuda al Alquiler (PAA). La duración de estos contratos no podrá ser inferior a 3 años. Descubre más medidas como esta en SUPERCASA Noticias
Fuente: Freepik Autor: Redacción Los diversos concursos para viviendas asequibles del Programa de Apoyo al Alquiler y del nuevo Programa de Alquiler en Subarriendo se abrieron ayer, 5 de febrero, según información facilitada a SUPERCASA Notícias por el Instituto de Vivienda y Rehabilitación Urbana (IHRU). Son un total de 102 viviendas repartidas por 18 municipios del país , y los concursos, gestionados por el IHRU, tienen como objetivo adjudicar, por sorteo, viviendas de los tipos T1 a T5 , en Almada, Amadora, Aveiro, Entroncamento, Fafe, Figueira da Foz, Gondomar, Lisboa, Oeiras, Paredes, Ponte da Barca, Oporto, Santiago do Cacém, Seixal, Setúbal, Sintra, Valongo y Vila Nova de Gaia. Según la información facilitada, los contratos de alquiler se destinan a viviendas permanentes para hogares que no tengan una carga de alquiler máxima superior al 35%. Por lo tanto, las viviendas se sortearán entre los hogares que presenten su solicitud antes del 18 de marzo , y que deberán cumplir los requisitos de elegibilidad de los respectivos programas, así como las condiciones de cada convocatoria. La solicitud deberá presentarse en el Portal de Vivienda. El IHRU añade que tendrán prioridad los hogares de hasta 35 años, las familias monoparentales o las familias con una disminución de ingresos superior al 20% respecto a los tres meses anteriores o al mismo periodo del año anterior. Más información en SUPERCASA Noticias
Fuente: Freepik Autor: Redacción Ya está en marcha el plazo para comunicar anualmente a Hacienda las rentas de los inmuebles urbanos alquilados , dirigido a los arrendadores con contratos de larga duración, para que puedan beneficiarse de una rebaja en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La reducción fiscal puede ser mayor o menor en función de la duración del contrato, pero para beneficiarse de esta desgravación, los arrendadores deben comunicarlo a la Agencia Tributaria (AT) antes del 15 de febrero. Entre el 1 de enero y el 15 de febrero finaliza el plazo para la declaración anual de las rentas de los inmuebles urbanos arrendados , señala la Agencia Tributaria en sus redes sociales. Para realizar esta declaración, los arrendadores deben presentar el contrato de alquiler, que puede ser tanto un contrato con fines residenciales firmado antes de 1990 como un contrato sin fines de vivienda anterior a 1995. Según Hacienda, para estas situaciones, la base imponible se calcula multiplicando el valor anual de los alquileres por 15. Si este valor es inferior a la base imponible resultante de la valoración del inmueble, se aplicará el tipo del IMI sobre este valor. Los propietarios de este tipo de contratos pueden presentar este informe en el Portal de Finanzas hasta el 15 de febrero. Temas relacionados: Modelo 44 de declaración: los propietarios deben presentar el documento este mes
Fuente: Freepik Autor: Redacción Para garantizar la estabilidad de los contratos de alquiler , es fundamental encontrar buenos inquilinos, con el fin de evitar la morosidad en el pago de alquileres y facturas, que la vivienda no quede vacía durante largos periodos de tiempo o en sucesivas ocasiones, y los gastos de reparación de desperfectos causados por comportamientos inadecuados. Pero, ¿qué cualidades debes tener en cuenta a la hora de buscar un nuevo inquilino? SUPERCASA Noticias te da los mejores consejos para encontrar a la persona ideal para tu cartera inmobiliaria. ¿Qué debe tener un buen inquilino? Para encontrar un buen inquilino hay varios factores que debes tener en cuenta antes de tomar una decisión, como son: Facilidad para facilitar información Busque personas que estén dispuestas a facilitar fácilmente información sobre sí mismas, como su trayectoria profesional y su historial de vivienda . Esto se debe a que si interroga a su futuro inquilino y encuentra cierta resistencia, existe la posibilidad de que esté omitiendo alguna información pertinente sobre su comportamiento en otras viviendas. Historial Es importante conocer cómo han sido las experiencias anteriores de sus inquilinos en materia de vivienda, para saber si cumplirán o no sus obligaciones, como: Pagar puntualmente el alquiler y las facturas; Pedir permiso antes de hacer cambios en la vivienda; Informar de las visitas y/o estancias de amigos, parejas o familiares; Avisar con antelación cuando quiera poner fin al contrato de alquiler. Además de las obligaciones legales, también debe averiguar si su futuro inquilino ha tenido buenas experiencias en el pasado, sobre todo en términos sociales , para saber mejor si será un buen vecino y cuidará la propiedad adecuadamente. Otro factor muy importante que hay que tener en cuenta es su historial crediticio , ya que es una indicación de su capacidad para efectuar pagos a tiempo, así como de su responsabilidad financiera. ¿Cómo puedo encontrar un buen inquilino? 1. Solicitudes completas Como he dicho antes, un buen inquilino siempre será aquel que coopere con el proceso de alquiler y proporcione toda la información necesaria . Busca las solicitudes más completas, no sólo en cuanto a información, sino también con documentos que acrediten todos los datos. Las solicitudes completas demuestran el interés y la buena voluntad del inquilino. 2. Comportamiento Intenta ponerte en contacto con los anteriores caseros de los solicitantes para comprobar si se han cumplido todas las obligaciones del inquilino y si ha habido algún conflicto con ellos . Si no puedes ponerte en contacto con el casero, siempre puedes contactar con el vecindario, ya que han convivido estrechamente con el solicitante y tendrán una opinión más clara de su comportamiento. 3. Finanzas Analiza la situación profesional y los ingresos del solicitante para asegurarte de que se pagarán todas las facturas y de que los ingresos son compatibles con el alquiler. En este sentido, es importante tener en cuenta que muchos inquilinos combinan sus ingresos con los de sus parejas para poder hacer frente al alquiler, por lo que debes tratar de analizar bien esta cuestión antes de tomar una decisión. Lo que no hay que hacer Para comportarse correctamente a la hora de buscar inquilinos, además de seguir los consejos anteriores, también es importante saber lo que no se debe hacer. En Portugal está prohibido discriminar a los inquilinos en función de una serie de criterios, como: Sexo, género u orientación sexual; Ascendencia u origen étnico; La lengua Territorio de origen o nacionalidad Religión o creencias Convicciones políticas o ideológicas; Edad; Discapacidad. Por ello, tenga cuidado al pedir datos a sus inquilinos y solicite únicamente información directamente relacionada con el alquiler. ¿Quieres saber más sobre Alquilar una vivienda? SUPERCASA Noticias recomienda: Alquileres asequibles: Lisboa flexibiliza la colaboración con particulares y Modelo 44 de declaración: los propietarios tienen que entregar el documento este mes
Fuente: Freepik Autor: Redacción La concejala de Vivienda del Ayuntamiento de Lisboa defendió este martes, 17 de enero , un nuevo modelo de Asociación Público-Privada de vivienda asequible, para construir 550 viviendas , con un alquiler un 20% inferior al del mercado. Filipa Roseta dijo que en lugar de ser un formato de concesión que se rige por el Código de Contratos Públicos , se trata de una simple venta de un derecho de superficie de 90 años, con la carga de la propiedad de tener un alquiler asequible. La propuesta se debatirá el miércoles en la reunión del Ejecutivo. La propuesta del concejal, que se aplicará en las parroquias de Benfica y Parque das Nações , apunta a un alquiler un 20% inferior al del mercado , argumentos que no convencen a la oposición, que ha sugerido cambios para que los topes de alquiler sean los determinados por el Programa de Alquiler Asequible del Ayuntamiento de Lisboa. Así, la oposición defiende la importancia de que la respuesta municipal se ajuste a los límites de alquiler establecidos en el Reglamento Municipal sobre el Derecho a la Vivienda, es decir - T0 - entre 150 y 400 euros; - T1 - entre 150 y 500 euros; - T2 - entre 150 y 600 euros - T3 - entre 200 y 800 euros; Actualmente, el ejecutivo del Ayuntamiento de Lisboa , compuesto por 17 miembros , incluye siete electos de la coalición Novos Tempos (PSD/CDS-PP/MPT/PPM/Aliança) -que son los únicos que tienen asignadas carteras-, tres del PS , dos del PCP , tres de Cidadãos Por Lisboa (elegidos por la coalición PS/Livre), uno de Livre y uno de BE . Siga estos y otros temas en SUPERCASA News.
Fuente: Freepik Autor: Redacción A finales de este mes finaliza el plazo para presentar a Hacienda el Modelo 44 de Declaración. Están obligados a presentarla todos los arrendadores con viviendas alquiladas que no requieran recibo electrónico de alquiler. Es la propia Agencia Tributaria (AT) la que recuerda a los arrendadores el plazo de pago, habiendo lanzado una campaña en sus redes sociales titulada Declaración 44 - ¿Quién debe presentarla?, recordándoles que la comunicación identificativa de las rentas percibidas debe realizarse durante el mes de enero en el Portal de Finanzas. ¿Qué es el modelo de declaración 44? Se trata de un documento que informa de la comunicación anual de rentas percibidas , y tiene por objeto la declaración de las cantidades percibidas de los arrendatarios por el pago de rentas relativas a arrendamientos, cesiones de uso del inmueble o parte del mismo, que no tengan la consideración de arrendamiento, subarrendamientos o el alquiler de maquinaria e inmuebles instalados en el inmueble arrendado. Por tanto, deberán presentar esta declaración los contribuyentes con rentas de categoría F, es decir, los arrendadores, que tengan concedida la exención de emitir el recibo de alquiler por vía electrónica, o que no hayan optado por esta modalidad. Si usted es arrendador y emite sus recibos electrónicamente, no necesita presentar esta declaración. ¿Lo tiene claro? Lee también: ¿Qué son las tasas liberatorias? Más información
Fuente: Freepik Autor: Redacción La Agencia Tributaria confirma que ya ha abonado la ayuda extraordinaria a la renta (PAER), cuyo importe medio ronda los 113 euros. La medida ha llegado a 258.661 personas, un total de 236.862 familias, lo que supone un incremento de más de 50.000 familias respecto a las 185.000 que empezaron a beneficiarse de la ayuda a mediados del año pasado. En consecuencia, el número de beneficiarios de la ayuda al alquiler ha aumentado un 27% con respecto a lo previsto, pero no está previsto aumentar el presupuesto. Ya se ha realizado el reprocesamiento y el pago a todos los beneficiarios considerados con derecho a la ayuda durante 2023, según los datos enviados por el ISS [Instituto de la Seguridad Social] y la AT [Agencia Tributaria] , confirmó la fuente oficial del Ministerio de Vivienda. Según se ha podido saber, las cerca de 50.000 familias que hasta ahora estaban excluidas de la ayuda extraordinaria al alquiler por tener tasas de esfuerzo superiores al 100% con los gastos relacionados con el alquiler, ya son consideradas aptas para recibir la ayuda a la que tienen derecho. Relacionado: Ayuda extraordinaria al alquiler: la Seguridad Social niega el retraso
Fuente: Freepik Autor: Redacción Tal y como establecen los Presupuestos Generales del Estado para 2024 (OE2024), la ayuda extraordinaria a los alquileres , estipulada tras la subida del 4,9 por ciento del coeficiente utilizado para calcularlos, se abonará en febrero. Esta aclaración ha sido planteada por la Seguridad Social , que niega retrasos en el pago, explicando que se produce con referencia al mes anterior. En consecuencia, las cuantías de enero no se abonarán hasta febrero. En un comunicado, la Seguridad Social explicó: No hay ningún retraso en el pago de la ayuda al alquiler y la respectiva actualización para 2024. El pago del apoyo al alquiler se realiza con referencia al mes anterior, lo que significa que en enero de 2024 se pagará la cantidad correspondiente a diciembre de 2023 (...), la actualización de 2024 se realizará en febrero por el mes de enero de 2024 y así sucesivamente . Esta ayuda es una subvención mensual destinada a proteger a los inquilinos más desfavorecidos económicamente, con rentas actualizadas en el marco del Nuevo Régimen de Arrendamientos Urbanos , creado por el Decreto-Ley nº 20-B/2023, de 22 de marzo. La ayuda extraordinaria al alquiler se concede a las familias con contratos de arrendamiento o subarrendamiento de primera vivienda firmados hasta el 15 de marzo de 2023 , con ingresos anuales iguales o inferiores al límite máximo del 6º tramo del IRS, y que tengan una tasa de esfuerzo para el pago del alquiler igual o superior al 35%. Sobre este tema, lea también: Ayudas a propietarios con rentas antiguas: ¿cómo funcionan?
Fuente: Freepik Autor: Redacción A partir de julio del año que viene, los propietarios con alquileres anteriores a 1990 podrán solicitar una indemnización al Instituto de Vivienda y Rehabilitación Urbana (IHRU), según ha anunciado el Ministerio de Vivienda. Si tienes dudas sobre cómo funcionará, dónde puedes solicitarlo o qué tipo de documentación debes presentar , SUPERCASA Notícias responde a tus preguntas y te explica todo sobre esta medida, que pretende apoyar y dar estabilidad a los inquilinos mayores de 65 años. Según publica el Diário da República este miércoles, 27 de diciembre, la ayuda se limita a 1/15 del Valor del Patrimonio Fiscal (VPT) de la vivienda alquilada, dividido en 12 meses, y se refiere a los contratos de alquiler de vivienda firmados antes del 18 de noviembre de 1990. ¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda? Pueden beneficiarse de esta ayuda todos los arrendadores con contratos de alquiler anteriores a la fecha estipulada, que es el 18 de noviembre de 1990 , y se calcula que ya hay unos 124.083 arrendadores privados con contratos de alquiler subvencionables. Y la medida, según ha anunciado el Ministerio de Vivienda, tiene un coste total de 26,6 millones de euros anuales. ¿Dónde puedo reclamar esta indemnización? Dado que la medida no entrará en vigor hasta el 1 de julio de 2024 , el arrendador, cumpliendo las condiciones de elegibilidad antes mencionadas, deberá presentar una solicitud de la compensación ante el IHRU , al que deberá remitir toda la información pertinente para que se pueda estudiar la resolución definitiva de la solicitud. Deberá presentar los siguientes documentos Prueba de la fecha en que se firmó el contrato de arrendamiento, mediante el registro del contrato , que deberá presentar a la Autoridad Fiscal y Aduanera; El marco del contrato de arrendamiento, que debe corresponder a una de las situaciones previstas en los artículos 35 y 36 de la NRAU, mediante la acreditación de la solicitud de exención del Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles (IMI) de acuerdo con las situaciones descritas en dichos artículos; Justificante de la renta mensual, mediante recibo de alquiler, modelo 44 o factura emitida por el arrendador al arrendatario; El Valor Patrimonial Fiscal (VPT) de la vivienda arrendada, mediante copia del catastro urbano que acredite el VPT en la fecha de entrada en vigor del decreto-ley. ¿Cómo se concede la ayuda? Tras presentar su solicitud con todos los documentos e información necesarios, la IHRU dispone de 30 días para decidir si concede o no la indemnización al arrendador. La concesión de la indemnización surte efecto a partir de la fecha de presentación de la solicitud a la IHRU. Si posteriormente se rechaza una solicitud de exención del IMI, el arrendador debe informar a la IRHU en un plazo de 30 días para recibir el reembolso de la compensación recibida. ¿Cómo se abona la ayuda y cuánto dura? Si la solicitud es aceptada por la IRHU, la compensación se abona a los arrendadores por un periodo de un año, renovable por periodos iguales y sucesivos , siempre que el arrendador acredite antes de la finalización de dicho periodo el mantenimiento de los requisitos inicialmente considerados para la concesión de la compensación . Esta prueba deberá aportarse de nuevo a la IHRU. Si se produce una actualización anual de la renta, la cuantía de la ayuda cambiará, y el arrendador es responsable de informar a la IHRU en los 30 días siguientes a la actualización de que se han producido cambios en la renta al arrendatario. Esto puede dar lugar a un cambio en el importe de la indemnización, recalculando la ayuda , que se comunicará al arrendador para su posterior pago, con efecto retroactivo al momento de la actualización. El importe de la indemnización concedida está exento del IRPF y de las cotizaciones a la Seguridad Social. La ayuda se extingue cuando finaliza el contrato de alquiler y la renta deja de estar sujeta a indemnización , o si el derecho a la indemnización se extingue por fallecimiento del arrendador sin que exista un sucesor con derecho a mantener la ayuda. Si la propiedad se transfiere a otra persona , en caso de fallecimiento del arrendador, se mantiene el derecho a compensación, siempre que el nuevo arrendador solicite mantener esta ayuda , a más tardar 60 días después del fallecimiento del arrendador original. ¿En qué otras situaciones puede finalizar la ayuda? Esta indemnización por alquiler puede finalizar si el arrendador incumple sus obligaciones en cuanto al acceso y mantenimiento de la indemnización, c oncretamente por no aportar las pruebas legalmente válidas solicitadas por la IHRU en los plazos establecidos para ello. Lea otros temas relacionados en SUPERCASA Noticias
Fuente: Freepik Autor: Redacción Si estás pensando en alquilar una vivienda, debes saber que es muy probable que te pidan una fianza . En este artículo, SUPERCASA Notícias aclarará todas tus dudas sobre la fianza del alquiler. ¿Para qué sirve la fianza? Según el artículo 1076 del Código Civil, la fianza es una garantía que se exige cuando se celebra un contrato entre partes , con el fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos contractuales. En el contexto inmobiliario, la fianza suele corresponder a una cantidad de dinero que el inquilino paga al propietario en el momento de la firma del contrato de alquiler. El importe de la fianza varía en función de las condiciones del contrato , pero es habitual que corresponda a uno o dos meses de alquiler. Al final del contrato, esta cantidad se devuelve a la entidad que la pagó , una vez cumplidos todos los requisitos. La fianza es una forma de garantía que asegura la responsabilidad del inquilino frente a la propiedad del arrendador , protegiéndole en caso de retraso en el pago, negativa a abandonar la vivienda, daños, uso imprudente, obras no autorizadas u otras situaciones. ¿Cómo funciona la fianza? El importe de la fianza se fija mediante negociación entre las dos partes, y las condiciones que deben cumplirse para recibir el importe íntegro se establecerán en el contrato de alquiler. Si el inquilino no incumple durante el periodo de alquiler, el propietario está obligado a devolver el importe íntegro y debe expedirse un recibo . Si el inquilino incumple, el propietario se reserva el derecho de retener una parte o la totalidad de la fianza para cubrir los daños causados. Si los daños son superiores al valor de la fianza , además de quedarse el propietario con la totalidad de la fianza, también puede exigir al inquilino que pague el resto de los gastos de reparación de los daños. ¿Qué tipo de garantías se pueden utilizar además de la fianza? Existen otras alternativas a la fianza que pueden exigirse en un contrato de alquiler, como por ejemplo: - Avalista: persona designada por el inquilino que se encarga de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de éste; - Fianza: producto financiero que actúa como aval, prestado por una compañía de seguros, que garantiza el cumplimiento de las obligaciones contractuales; - Anticipos de alquiler: el arrendador puede solicitar uno o varios anticipos de alquiler, que se abonarán en el momento de la firma del contrato. La solicitud de fianza y de alquileres anticipados puede existir simultáneamente , siendo el importe de la fianza impuesto por el arrendador (normalmente equivalente a uno o dos meses de alquiler), y la solicitud de hasta tres alquileres anticipados. Una vez finalizado el contrato, el arrendador dispone de un plazo de 20 días para devolver la fianza , so pena de pagar daños y perjuicios. A su vez, las rentas anticipadas se descontarán de los últimos meses del contrato. En caso de impago, el arrendador también podrá retener esta cantidad hasta completar el importe pendiente. Derechos y obligaciones Para que un contrato de alquiler se celebre correctamente, tanto el arrendador como el arrendatario tienen derechos y obligaciones que se comprometen a cumplir. Así, el arrendador es responsable de - Emitir recibos mensuales de los alquileres, así como de la fianza y los anticipos; - Realizar los trabajos de mantenimiento; - Correr con los gastos del condominio; - Reubicar al inquilino en caso de obras realizadas durante el periodo de alquiler; - Comunicar los aumentos de alquiler por carta con acuse de recibo. Derechos: - Recibir puntualmente el pago del alquiler; - Exigir el pago de una fianza; - Recibir la vivienda en el estado en que la entregó; - Retener la fianza en caso de daños causados por el inquilino; - Examinar la vivienda cuando haya motivos para ello; - Si el contrato es de duración indefinida, el arrendador puede rescindirlo en cualquier momento si necesita el inmueble para su propia vivienda. Un contrato entre dos partes presupone el cumplimiento de todos los derechos y deberes , para garantizar que no se produzcan daños y que se mantenga una relación sana entre propietario e inquilino. La fianza garantiza que la propiedad del arrendador permanezca intacta, salvaguardando cualquier daño que pueda producirse. Descubre también ¿Qué es el subarriendo? SUPERCASA te lo explica , Normas de subarriendo: conócelas todas y Edificios de madera: ¿tendencia para 2024?