Foto: Adobe Stock Autor: Redacción El mercado residencial del alquiler en Portugal se mantuvo estable en agosto de 2026, con un precio medio de 15,55 €/m². Según el informe de evolución de los precios de la vivienda de SUPERCASA , el valor no varió respecto a julio, después de registrar un crecimiento trimestral del 3,3 % y del 3,7 % interanual. Lisboa mantiene los precios más elevados Lisboa continuó siendo la zona más cara, con 19,82 €/m², un 0,9 % más en el mes, un 3,8 % más en el trimestre y un 2,8 % más interanual. Madeira se situó a continuación, con 16,34 €/m², mientras que el Algarve registró 15,30 €/m². En el extremo opuesto, Guarda presentó el precio más bajo, con 6,81 €/m², seguida de Castelo Branco (7,47 €/m²) y Viseu (7,66 €/m²). El interior registra las mayores subidas Los mayores incrementos mensuales se produjeron en Portalegre (+5,8 %), Vila Real (+5,1 %), Évora (+4,2 %), Santarém (+3,2 %) y São Miguel (+3,0 %). En la comparación interanual, Bragança destacó con una subida del 16,1 %, seguida de Beja (+7,3 %) y Viana do Castelo (+5,9 %). El Algarve corrige tras el máximo de julio El Algarve registró la mayor caída mensual, del 3,6 %, al pasar de 15,87 €/m² en julio a 15,30 €/m² en agosto. Coimbra retrocedió un 2,2 %, mientras que Beja cayó un 1,7 % tanto en el mes como en el trimestre. Viseu fue el único distrito con una variación interanual negativa, del 2,9 %. Los datos de agosto apuntan a una estabilización del mercado del alquiler después de las subidas registradas en junio y julio. Al mismo tiempo, algunos mercados del interior presentan crecimientos más significativos, mientras que zonas como el Algarve muestran señales de ajuste estacional.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción El Parlamento analiza las nuevas normas de alquiler La propuesta de ley que pretende modificar las normas de alquiler se someterá a votación en el Pleno de la Asamblea de la República el 30 de septiembre. El texto contempla cambios en los contratos, los desahucios por impago y la actualización de las rentas, incluida la eliminación del límite del 2% para los nuevos contratos. La Propuesta de Ley n.º 103/XVII/1.ª pretende autorizar al Gobierno a modificar el Nuevo Régimen del Arrendamiento Urbano (NRAU). El objetivo anunciado es crear las condiciones necesarias para aumentar la oferta de vivienda disponible en el mercado del alquiler. La iniciativa fue aprobada por el Consejo de Ministros el 9 de julio y entra ahora en el proceso legislativo parlamentario. La votación en el Pleno será solo una de las etapas antes de una posible entrada en vigor de las nuevas normas. Cambios previstos para contratos y desahucios Entre los cambios propuestos se encuentra la eliminación del límite del 2% en la actualización de las rentas de los nuevos contratos de alquiler. La propuesta también contempla una mayor flexibilidad en la negociación entre propietarios e inquilinos. Las rentas pagadas por adelantado podrán pasar de dos a tres meses, mientras que las fianzas dejarán de estar sujetas a un límite. La reforma también incluye cambios en los procedimientos relacionados con los impagos. En los casos de falta de pago, el plazo necesario para iniciar un desahucio podría reducirse de tres a dos meses. El texto también contempla la creación de una nueva ayuda social para los inquilinos que sean desalojados. Las rentas de los contratos antiguos también podrán sufrir cambios . Su actualización dependerá de factores como la edad de los inquilinos y sus ingresos anuales. La propuesta aún debe superar varias fases La votación del 30 de septiembre no supone la aprobación definitiva de la reforma del alquiler. Después del debate en el Pleno, la propuesta deberá pasar por la discusión y votación en comisión, donde podrán introducirse cambios en el texto. A continuación, se elaborará la redacción final del texto y, posteriormente, tendrá lugar la votación final global en el Parlamento. Si se aprueba, el proceso avanzará hacia la transformación de la autorización legislativa en un decreto-ley. La entrada en vigor de las nuevas normas dependerá, por tanto, de la finalización de todo el proceso legislativo. La promulgación por parte del Presidente de la República y la publicación en el Diario de la República podrían producirse únicamente después del debate del Presupuesto del Estado para 2027.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción Los nuevos Contratos de Inversión para el Alquiler Residencial (CIA) y el Régimen Simplificado de Alquiler Asequible (RSAA) entraron en vigor el 1 de septiembre de 2026, pero siguen a la espera de las órdenes que establezcan los procedimientos y requisitos necesarios para su aplicación. Los dos programas de vivienda fueron creados por el Gobierno para fomentar la oferta de inmuebles en alquiler, mediante beneficios fiscales y reglas simplificadas. En el caso de los CIA, los contratos pueden tener una duración de hasta 25 años e implican a inversores y al Instituto de la Vivienda y la Rehabilitación Urbana (IHRU). Por su parte, el RSAA establece condiciones para los contratos de alquiler asequible, incluidos plazos mínimos de tres años para residencia permanente y de tres meses para residencia temporal. Los programas de vivienda esperan las órdenes Los dos programas de vivienda están en vigor desde septiembre, pero algunas de las reglas necesarias para su aplicación siguen dependiendo de una regulación específica. El Decreto-Ley n.º 97/2026 estableció que las correspondientes órdenes debían aprobarse en un plazo de 30 días desde su publicación, periodo que terminó el 19 de junio. La regulación deberá definir, entre otros aspectos, los procedimientos y requisitos para la presentación y aprobación de los CIA, así como otras condiciones previstas en el nuevo marco legal. Qué cambia con los contratos CIA Los Contratos de Inversión para el Alquiler Residencial permiten establecer acuerdos con el Estado, a través del IHRU, por periodos de hasta 25 años. El régimen contempla beneficios fiscales para las inversiones destinadas al alquiler residencial. Los proyectos incluidos deben destinar al menos el 70 % de su superficie construida al alquiler residencial. Los alquileres están sujetos a los límites establecidos por el régimen, tomando como referencia el concepto de alquiler moderado. Entre los incentivos previstos se encuentran exenciones del IMT y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados , así como beneficios en el IMI, de acuerdo con la legislación. El RSAA simplifica el alquiler asequible El Régimen Simplificado de Alquiler Asequible pretende facilitar la puesta a disposición de inmuebles para alquilar a precios asequibles. Para beneficiarse del régimen, los contratos deben respetar unos límites máximos de alquiler basados en el 80 % de la mediana de los valores de alquiler por metro cuadrado publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Uno de los cambios previstos afecta a la duración mínima de los contratos. Para residencia permanente, el periodo mínimo es de tres años, mientras que los contratos destinados a residencia temporal tienen una duración mínima de tres meses. El régimen también contempla beneficios fiscales sobre los rendimientos del alquiler que cumplan las condiciones establecidas. ¿Cuándo se conocerán las nuevas reglas? La aplicación práctica de los programas de vivienda depende de la publicación de las órdenes previstas en el decreto-ley. Por el momento, la información disponible indica que estos textos siguen pendientes, aunque los regímenes ya están en vigor desde el 1 de septiembre de 2026. Mientras no se publique la regulación, los inversores y propietarios interesados tendrán que esperar a las normas complementarias que permitan poner en práctica los procedimientos previstos para los CIA y el RSAA.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción El tipo del 10 % se aplica al alquiler residencial Una nueva norma fiscal permite a los propietarios beneficiarse de un tipo autónomo de IRS del 10 % sobre determinados rendimientos inmobiliarios procedentes de contratos de alquiler para vivienda. La medida está prevista en el artículo 45.º-C del Estatuto de Beneficios Fiscales y se aplica a los rendimientos obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2029. El régimen incluye contratos destinados exclusivamente a vivienda cuyo importe mensual del alquiler respete los límites establecidos en el Decreto-Ley n.º 97/2026. La medida pretende fomentar la disponibilidad de inmuebles para alquiler residencial dentro de valores considerados moderados. Una de las cuestiones aclaradas por la Autoridad Tributaria está relacionada con los casos en los que el contrato se celebra con una empresa, pero la vivienda está destinada concretamente a una persona física. Una empresa puede celebrar un contrato de vivienda El hecho de que la empresa sea la arrendataria formal no impide, por sí mismo, que el propietario pueda acceder al beneficio fiscal. Para que el inmueble mantenga su uso residencial, es necesario establecer quién ocupará la vivienda. En el caso analizado por la Autoridad Tributaria, la empresa pretende alquilar el inmueble para utilizarlo como residencia habitual de su socio administrador. En este tipo de situaciones, el contrato debe identificar concretamente a la persona física que ocupará el inmueble y establecer que su uso será exclusivamente residencial. La vivienda no puede destinarse a actividades comerciales, industriales o de servicios. También deben establecerse restricciones a la subrogación o cesión de la posición contractual, con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones del régimen. El alquiler debe respetar el límite legal Además del uso exclusivamente residencial, el importe del alquiler es una de las condiciones para aplicar el tipo del 10 %. El Decreto-Ley n.º 97/2026 considera moderado el alquiler mensual que no supere 2,5 veces el salario mínimo mensual establecido para 2026. Teniendo en cuenta los 920 euros fijados como salario mínimo mensual en 2026, el límite corresponde a 2.300 euros al mes. El cumplimiento de las condiciones debe mantenerse durante la vigencia del contrato. Si el inmueble pasa a tener un uso diferente al residencial, su régimen fiscal puede verse afectado. Por tanto, los propietarios que alquilen una vivienda a una empresa pueden beneficiarse del tipo del 10 % cuando el contrato cumpla las condiciones previstas para el alquiler residencial, incluida la identificación de la persona que ocupará el inmueble, el uso exclusivo como vivienda y el límite aplicable al alquiler.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción Cuatro viviendas con alquileres reducidos BragaHabit ha abierto una nueva convocatoria para cuatro viviendas incluidas en el Programa Municipal de Alquiler Asequible. Las solicitudes pueden presentarse hasta el 30 de septiembre y deben realizarse online, a través del Portal Digital de la empresa municipal. La oferta incluye dos apartamentos T2 en Rua dos Barbosas, con una renta máxima de 600 euros cada uno, un T3 en Praça do Comércio, de hasta 700 euros, y un T4 en Rua Nova da Estação, con una renta máxima de 800 euros. Los importes establecidos pueden reducirse hasta un 30 %, en función de los ingresos brutos mensuales de la unidad familiar. Con el descuento máximo, los T2 quedan en 420 euros, el T3 en 490 euros y el T4 en 560 euros. Cómo funciona el alquiler asequible El programa busca ofrecer vivienda a precios más ajustados a las familias que tienen dificultades para hacer frente a los alquileres actuales del mercado, pero que no cumplen necesariamente los requisitos para acceder al alquiler protegido. En este modelo, los propietarios ceden los inmuebles a BragaHabit, que posteriormente los subarrienda a las familias. Además de establecer límites para la tasa de esfuerzo, el programa permite formalizar contratos con mayor estabilidad. Para presentar su solicitud, las unidades familiares deben cumplir los criterios relativos a ingresos, composición familiar y adecuación de la tipología. Tampoco pueden ser propietarios, usufructuarios o arrendatarios de otra vivienda adecuada en el municipio. Un sorteo determina las familias seleccionadas Las cuatro viviendas se asignarán mediante un sorteo público entre los candidatos que cumplan los requisitos. Quienes no sean seleccionados permanecerán en una lista ordenada, válida durante seis meses. Las viviendas pueden visitarse antes de presentar la solicitud, previa cita. Para obtener información o concertar una visita, los interesados pueden contactar con BragaHabit a través del email arrendamentoacessivel@bragahabit.pt o del teléfono 253 268 666, opción 1.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción Más familias podrán acceder a las ayudas El Ayuntamiento de Guimarães ha aprobado cambios en el reglamento de las ayudas al alquiler, permitiendo que un mayor número de hogares pueda beneficiarse de este incentivo. Con las nuevas normas, podrán acceder las familias con unos ingresos brutos mensuales globales de hasta aproximadamente 2.100 euros. El límite anterior estaba fijado en 650 euros, lo que restringía el acceso a las ayudas a hogares con ingresos considerablemente más bajos. El cambio pretende adaptar las ayudas al alquiler a las actuales condiciones económicas de las familias y responder al aumento de las dificultades relacionadas con el pago de los alquileres. La ayuda podría llegar a 400 familias más La ampliación de las ayudas al alquiler beneficiará previsiblemente a unas 400 familias que actualmente se encuentran en lista de espera. La medida pretende reforzar la respuesta municipal para los hogares que tienen dificultades para asumir los costes relacionados con la vivienda. La revisión de las normas de las ayudas al alquiler se produce también en un contexto de presión sobre el mercado de la vivienda, en el que los alquileres pueden representar una parte significativa del presupuesto familiar. Con el nuevo límite de ingresos, más hogares cumplirán las condiciones necesarias para solicitar las ayudas al alquiler, aumentando el número de posibles beneficiarios. El municipio refuerza la oferta pública de vivienda Además de reforzar las ayudas al alquiler, el Ayuntamiento de Guimarães está desarrollando medidas destinadas a aumentar la oferta pública de vivienda en el municipio. Según la información difundida por el Ayuntamiento, están previstas 75 nuevas viviendas para el próximo año. La medida complementa las ayudas al alquiler, con el objetivo de aumentar la disponibilidad de vivienda para las familias. El refuerzo de la oferta pública y la ampliación de las ayudas al alquiler forman así parte de una estrategia municipal más amplia para responder a las necesidades de vivienda de la población.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción El proceso de desahucio será más sencillo La revisión del régimen de alquiler propuesta por el Gobierno introduce cambios en el proceso de desahucio, con el objetivo de reducir la duración y la complejidad de los procedimientos. Uno de los principales cambios está relacionado con los retrasos en el pago de los alquileres. Actualmente, el propietario puede iniciar un desahucio cuando existen rentas impagadas durante tres meses. La propuesta reduce este periodo a dos meses. También cambian las reglas relativas a los retrasos superiores a ocho días. El desahucio podrá iniciarse cuando esta situación se produzca más de tres veces, consecutivas o intercaladas, en un periodo de 12 meses, o más de cuatro veces en 18 meses. La revisión del régimen de alquiler también contempla reducir algunas formalidades de las notificaciones y concentrar diferentes etapas del proceso en un único procedimiento. Los cambios buscan ofrecer mayor seguridad Las modificaciones del régimen de alquiler pretenden agilizar la recuperación de inmuebles en situaciones de incumplimiento. Actualmente, el proceso puede incluir diferentes fases, prolongando el periodo hasta que la vivienda queda efectivamente vacía. Con la simplificación prevista, la acción judicial y la ejecución de la decisión pasarán a integrarse en un único proceso. La medida pretende reducir la burocracia y ofrecer mayor previsibilidad a los propietarios. La Asociación de Propietarios de Lisboa considera, sin embargo, que los cambios podrían no ser suficientes para recuperar la confianza en el mercado del alquiler. La entidad defiende que siguen existiendo otros obstáculos que dificultan la puesta de inmuebles en el mercado. Las obras tendrán nuevas condiciones La propuesta también modifica las reglas aplicables cuando el propietario quiere rescindir un contrato de alquiler para realizar obras de rehabilitación profunda que requieran la salida del inquilino. En estos casos, el inquilino tendrá derecho a una indemnización equivalente a dos años de alquiler o, alternativamente, a un realojo en condiciones similares. Para los contratos celebrados antes de 1990, la indemnización prevista aumenta a diez años de alquiler. El cambio pretende simplificar el recurso a este mecanismo, aunque puede seguir suponiendo un coste importante para los propietarios que quieran rehabilitar inmuebles. Los contratos antiguos también cambiarán Las nuevas reglas del alquiler también afectan a los contratos celebrados antes de 1990 , estableciendo diferentes condiciones de transición al Nuevo Régimen del Arrendamiento Urbano. Para los inquilinos mayores de 65 años con ingresos anuales inferiores a 64.400 euros, se mantiene el alquiler establecido en el contrato antiguo. Cuando los ingresos superen esta cantidad, el alquiler podrá actualizarse hasta un determinado límite relacionado con el valor patrimonial tributario. En los demás casos, los contratos pasarán a un régimen de duración determinada de cinco años. Cuando los ingresos del inquilino sean inferiores a 64.400 euros, podrá mantenerse el alquiler anterior. Las modificaciones propuestas buscan así equilibrar la protección de los inquilinos con la necesidad de crear mayor previsibilidad en el mercado del alquiler, en un contexto de presión sobre la oferta de vivienda.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción Nuevo conjunto residencial en Barcelos El Ayuntamiento de Barcelos ha abierto un concurso para adjudicar 36 viviendas en régimen de alquiler asequible en la parroquia de Tamel (São Veríssimo). El conjunto, situado en la Avenida Central, está destinado a residencia habitual e incluye nueve viviendas T1, 23 T2 y cuatro T3. Las viviendas se adjudicarán mediante sorteo entre los candidatos que cumplan las condiciones establecidas en el concurso. Todas las viviendas disponen de aparcamiento privado y se entregarán a estrenar. La oferta de alquiler asequible pretende proporcionar soluciones de vivienda con precios inferiores a los del mercado local. Los alquileres se calcularon tomando como referencia el 60 % del valor mediano de los nuevos alquileres residenciales por metro cuadrado registrados en Barcelos. Precios del alquiler según la tipología Los alquileres mensuales varían según la tipología. Para una vivienda T1, el alquiler asequible es de 281 euros, mientras que una T2 tiene un alquiler mensual de 347 euros. En las viviendas T3, el importe mensual es de 447 euros. Las viviendas se entregarán con equipos para agua caliente sanitaria. Sin embargo, la instalación de la cocina y del resto del mobiliario correrá a cargo de los futuros inquilinos. Esta solución habitacional forma parte de la política municipal de vivienda y se enmarca en el Programa 1.º Direito. La medida pretende aumentar la oferta de viviendas destinadas a hogares que buscan una alternativa a los alquileres del mercado. Las solicitudes terminan el 22 de septiembre Las solicitudes para el alquiler asequible pueden presentarse desde el 9 de septiembre hasta las 23:59 del 22 de septiembre. Pueden participar las personas mayores de 18 años que cumplan los requisitos definidos en las bases del concurso y no estén incluidas en las situaciones de exclusión previstas. También es necesario que los hogares estén inscritos en la Estrategia Local de Vivienda de Barcelos. La solicitud debe realizarse preferentemente a través de la plataforma de Atención Online del Ayuntamiento. Como alternativa, puede presentarse en papel en el Balcão Único. Una vez finalizado el plazo, las solicitudes serán analizadas y se publicará una lista provisional de candidatos admitidos y excluidos. A continuación, se abrirá el periodo de audiencia de los interesados y, posteriormente, se publicará la lista definitiva. La adjudicación de las viviendas se realizará mediante sorteo, por separado según la tipología. Los nueve primeros candidatos a T1, los 23 primeros a T2 y los cuatro primeros a T3 serán llamados para formalizar el contrato. Los seleccionados dispondrán de 10 días hábiles para firmar el contrato de alquiler.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción El precio del alquiler se estabiliza en agosto En agosto, el precio medio de las casas y apartamentos en alquiler en Portugal se situó en 15,51 euros por metro cuadrado, sin cambios respecto al mes anterior. A pesar de la estabilidad mensual, el valor está un 2,5% por encima del registrado en mayo y un 3,4% por encima de agosto de 2025. Los datos muestran un mercado en el que los precios siguen por encima de los niveles del año anterior, aunque la evolución es diferente según la región. Lisboa sigue siendo la zona con los precios más altos Entre las regiones analizadas, Lisboa presenta el precio medio más elevado, con 19,86 euros por metro cuadrado en agosto. El valor aumentó un 1,8% en un mes y un 2,5% respecto al mismo periodo del año anterior. Si buscas casa en la capital, puedes consultar los inmuebles disponibles actualmente para alquilar en Lisboa y comparar los precios de los diferentes anuncios. Le sigue Madeira, con 16,35 euros por metro cuadrado, mientras que el Algarve registra un valor medio de 15,30 euros por metro cuadrado. En Oporto, el precio medio se situó en 14,40 euros por metro cuadrado, con un aumento del 0,8% en el último mes y del 1,7% respecto a agosto de 2025. Consulta los inmuebles disponibles para alquilar en Oporto . Algunas regiones registran aumentos más fuertes La evolución interanual es especialmente significativa en algunos mercados con precios medios inferiores a los de los principales centros urbanos. Bragança registró el mayor crecimiento, con una subida del 15,6% en el último año, hasta los 7,78 euros por metro cuadrado. Le siguen Viana do Castelo, con un aumento del 5,9%, Santarém, con un 5,3%, y Beja, con un 7,3%. Braga también registró una subida interanual del 4,7%, mientras que Setúbal aumentó un 4,2%. Los datos muestran que el aumento de los precios no se concentra únicamente en los mercados tradicionalmente más caros. No todas las regiones registran subidas La evolución no es igual en todo el país. En el Algarve, por ejemplo, el precio medio bajó un 3,7% entre julio y agosto y un 0,5% en los últimos tres meses, aunque sigue un 1% por encima del valor de hace un año. En Viseu, el precio medio de 7,66 euros por metro cuadrado representa un descenso interanual del 3%. Aveiro, por su parte, registra una variación interanual de apenas un 0,5%. Estas diferencias muestran la importancia de analizar el mercado por ubicación. La evolución nacional puede ocultar comportamientos muy distintos entre regiones y municipios. Consulta los precios y los inmuebles disponibles en tu zona Para quienes buscan casa, conocer el precio medio de la zona puede ayudar a comparar diferentes inmuebles y entender cómo están evolucionando los valores. El Informe de Precios de SUPERCASA permite consultar los precios medios por metro cuadrado y la evolución mensual, trimestral y anual en diferentes zonas de Portugal. Los datos son proporcionados por Infocasa, que recopila información del mercado inmobiliario a partir de fuentes públicas, identifica inmuebles únicos, elimina anuncios duplicados y normaliza los datos para reflejar los precios de oferta del mercado. Consulta el Informe de Precios de Alquiler de SUPERCASA y descubre cómo están evolucionando los precios del alquiler en tu zona. Si ya estás buscando casa, también puedes consultar los inmuebles disponibles para alquilar en SUPERCASA .
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción Comprar una vivienda es cada vez más difícil Comprar una vivienda se ha convertido en un objetivo más difícil para una parte importante de la población europea. El aumento de los precios de la vivienda, unido a un crecimiento más lento de los salarios, está prolongando el periodo durante el que muchos hogares permanecen de alquiler . El Forever Renter Global Index, que analizó 39 países de la OCDE, muestra diferencias relevantes entre los distintos mercados. De los países estudiados, 28 son europeos, lo que permite observar de forma amplia la evolución del alquiler en el continente. Suiza registra el mayor porcentaje de inquilinos, con un 61,2 %, mientras que en Alemania el 55,4 % de la población vive en una vivienda de alquiler. Dinamarca lidera el índice mundial, con una puntuación de 67,2 sobre 100, lo que refleja el peso significativo del alquiler en su mercado de vivienda. Europa se divide entre propietarios e inquilinos Los países del norte y del oeste de Europa destacan por la elevada presencia del alquiler. En Finlandia, el 38,1 % de la población vive en viviendas de alquiler y, en Suecia, la proporción alcanza el 38,9 %. A pesar de ello, estos mercados afrontan costes elevados y problemas relacionados con la falta de espacio. Portugal presenta una realidad diferente. La tasa de propiedad alcanza el 72,1 %, pero el acceso a la vivienda sigue condicionado por la diferencia entre los precios y los ingresos. Desde 2015, los precios de las viviendas han aumentado un 48,8 % más que los salarios, incrementando la presión sobre quienes buscan comprar o acceder al alquiler. En Europa Central y del Este, la propiedad sigue dominando. Eslovaquia registra una tasa de propiedad del 93,5 % y Rumanía del 92,8 %. Sin embargo, una elevada tasa de propietarios no significa necesariamente mejores condiciones de vivienda. El hacinamiento sigue afectando a una parte significativa de la población en países como Letonia y Bulgaria. El alquiler como solución a largo plazo Los datos muestran que el alquiler está dejando de considerarse únicamente una etapa previa a la compra de una vivienda. Para muchos hogares, representa una solución habitacional a largo plazo, especialmente entre las generaciones más jóvenes. Este cambio también pone de manifiesto las diferencias entre los mercados inmobiliarios europeos. Mientras algunos países mantienen una fuerte cultura de la propiedad, otros muestran una mayor aceptación del alquiler como opción permanente. Fuera de Europa, el escenario también presenta desafíos. Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda tienen entre un 30 % y un 40 % de su población viviendo en viviendas de alquiler. Los elevados costes de adquisición, las entradas iniciales y las condiciones del crédito dificultan la compra para muchos jóvenes. El estudio muestra, por tanto, que el futuro de la vivienda pasa por un equilibrio cada vez más complejo entre compra y alquiler. A medida que la accesibilidad se convierte en una preocupación central, el alquiler podría asumir un papel todavía más relevante en los mercados inmobiliarios europeos.
Foto: Adobe Stock Autor: Redacción La alerta llega a miles de propietarios La Autoridad Tributaria y Aduanera (AT) envió, en agosto, alertas a 33.381 contribuyentes con contratos de alquiler registrados como activos y no renovables, cuyo plazo ya había terminado. Los mensajes informan a los propietarios de que deben comprobar la situación en el Portal de Finanzas y, cuando sea necesario, comunicar la finalización o corregir los datos del contrato. El plazo indicado por la AT para responder a la alerta termina el 30 de septiembre . El objetivo es actualizar la información disponible en el sistema, ya que algunos contratos de alquiler aparecen como activos aunque su plazo ya haya terminado. Algunos contratos ya han terminado Sin embargo, algunos propietarios contactados tras recibir las alertas afirman que ya habían comunicado la finalización de sus contratos de alquiler hace varios años. En algunos casos, los inmuebles se han vendido entretanto, mientras que en otros se han firmado nuevos contratos para los mismos inmuebles. Aun así, el sistema sigue mostrando el contrato anterior como activo. La AT admite que este tipo de situación puede producirse debido al intervalo entre la recopilación de los datos y el envío de las alertas. Por ello, los contribuyentes que ya hayan comunicado la finalización deben comprobar en el Portal de Finanzas que la información se haya registrado correctamente. Si el contrato sigue apareciendo como activo, será necesario comprobar los datos y realizar la correspondiente corrección. Si la finalización ya se ha comunicado correctamente, no será necesario realizar ninguna acción adicional. ¿Qué deben hacer los propietarios? Comunicar los cambios o la finalización de los contratos de alquiler es una obligación fiscal de los propietarios. Según las normas vigentes, tanto el inicio como el final de un alquiler deben comunicarse a la AT dentro de los plazos establecidos. En caso de finalización, la comunicación debe realizarse antes de que termine el mes siguiente a aquel en que finalizó el contrato. El mismo plazo se aplica a los cambios que se produzcan durante la vigencia del contrato. Ante la alerta, los propietarios deben, por tanto, consultar el Portal de Finanzas y comprobar que sus contratos de alquiler están correctamente registrados. Esta revisión permite identificar posibles errores y evitar que permanezca información desactualizada en el sistema fiscal. Los contratos de alquiler que terminaron antes del 1 de abril de 2026 se incluyeron en el conjunto analizado por la AT para este envío, siempre que siguieran registrados como activos y no renovables en la fecha de extracción de los datos.
Fuente: Adobe Stock Autor: Redacción La adhesión sigue condicionada El nuevo Régimen Simplificado de Alquiler Asequible (RSAA) entró en vigor el 1 de septiembre, pero su aplicación práctica todavía depende de varios pasos. Entre los elementos pendientes se encuentra la orden ministerial que deberá establecer los valores máximos de alquiler para cada tipo de vivienda. Sin estos límites, los propietarios todavía no pueden determinar con precisión si sus inmuebles pueden acogerse al régimen ni cuánto pueden cobrar. La adhesión también depende de la puesta en funcionamiento de la plataforma electrónica del Instituto de la Vivienda y la Rehabilitación Urbana (IHRU). El objetivo del RSAA es facilitar la incorporación de viviendas al mercado del alquiler con precios inferiores a los habituales, mediante un proceso más sencillo que el previsto en el anterior Programa de Apoyo al Alquiler (PAA). ¿Qué cambia para propietarios e inquilinos? Uno de los principales cambios está relacionado con la duración de los contratos. Para vivienda habitual, el periodo mínimo pasa de cinco a tres años. En los contratos destinados a residencia temporal, la duración mínima es de tres meses, con posibilidad de renovación. El nuevo régimen también elimina la obligatoriedad de algunos seguros que se exigían en el PAA. Una vez firmado un contrato que cumpla los requisitos, el propietario deberá registrarlo en la plataforma del IHRU. Posteriormente, la información se enviará a la Autoridad Tributaria para permitir el acceso al beneficio fiscal. La medida contempla una exención del IRS o IRC para los propietarios que alquilen sus viviendas por un importe que no supere el 80 % de la mediana de los alquileres por metro cuadrado publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a nivel municipal. No obstante, el importe máximo permitido en cada contrato se determinará teniendo en cuenta varios factores, como el tipo de vivienda, su certificación energética y la existencia de espacios complementarios. La plataforma del IHRU todavía no está disponible Aunque el nuevo régimen ya está en vigor, los propietarios y posibles inquilinos todavía no pueden realizar la adhesión a través de la plataforma destinada a este fin. El Ministerio de Infraestructuras y Vivienda ha indicado que la orden ministerial necesaria está en proceso de publicación, pero no ha dado una fecha concreta para la puesta en funcionamiento de la plataforma del IHRU. Por ahora, esta situación limita la aplicación efectiva de las nuevas normas. Sin acceso a los valores máximos de alquiler y al sistema de inscripción, los propietarios interesados todavía no disponen de todas las herramientas necesarias para avanzar. Menos burocracia, pero el inicio sigue pendiente El RSAA se presentó como una alternativa más sencilla al anterior programa de apoyo al alquiler, cuya adhesión quedó por debajo de las expectativas. El objetivo es reducir los trámites e impulsar una mayor oferta de viviendas con alquileres más asequibles. Sin embargo, la falta de regulación y de una plataforma operativa mantiene el nuevo régimen en una fase de transición. Para los propietarios, conocer las normas concretas será fundamental antes de decidir si les compensa adherirse. La puesta en marcha efectiva del Régimen Simplificado de Alquiler Asequible dependerá, por tanto, de la finalización de los mecanismos necesarios para su aplicación.