App SUPERCASA - Descubre tu nuevo hogar
App SUPERCASA
Descubre tu nuevo hogar
Abrir
App SUPERCASA - Descubre tu nuevo hogar
App SUPERCASA
Descubre tu nuevo hogar
Abrir
Noticias del mercado inmobiliario
Categorías
Lifestyle

Hacienda 2022: Los errores o retrasos en la declaración pueden conllevar multas

24 JUNIO 2022
Temas
Dicas Autoridade Tributária e Aduaneira Destaque Notícia Homepage IRS
La entrega de Hacienda comenzó el 1 de abril y se extiende hasta el 30 de junio, y hay sanciones para quienes no entreguen a tiempo, así como para quienes tengan que sustituir el documento y no cumplan los plazos.
Hacienda 2022: Los errores o retrasos en la declaración pueden conllevar multas
A la hora de presentar la declaración de Hacienda es fundamental prestar especial atención a los plazos, ya que los retrasos o errores pueden acarrear una multa. 

Empezando por la no presentación, es importante recordar que los que están incluidos en el SRI automático no tienen que preocuparse. Si el contribuyente no confirma la declaración precumplimentada por Hacienda al final del plazo, se considerará entregada y la liquidación provisional se convertirá en definitiva, según el diario Eco.

Si se trata de una pareja y no se comunica nada a la Agencia Tributaria (AT), el IRS automático tributará por separado. Aun así, si los contribuyentes prefieren lo contrario, es posible presentar una declaración sustitutoria en los 30 días siguientes a la liquidación, sin penalización.

Para los que no tienen SRI automático, no presentar la declaración de la renta en el plazo legal puede suponer el pago de una multa, que puede llegar a los 3.750 euros.

No obstante, la cuantía puede reducirse si el contribuyente regulariza la situación de forma voluntaria, y teniendo en cuenta elementos como el periodo de retraso y el grado de culpa. 

Si el contribuyente entrega la declaración de la renta hasta un mes después del plazo, por iniciativa propia y sin haber causado ningún perjuicio al Estado, puede tener que pagar una multa de al menos 25 euros. Si la declaración de la renta se presenta con más de 30 días de retraso, la multa mínima es de 37,50 euros, que puede alcanzar los 112,50 euros si Hacienda ya ha iniciado un procedimiento de inspección.

Por otro lado, también hay casos de personas que han entregado la Hacienda Pública, pero la declaración contenía errores. En estos casos, puede presentar una declaración de impuestos sustitutiva si el plazo legal sigue corriendo. En el caso de que el impuesto sea "superior o la devolución sea inferior a la calculada anteriormente", existen los siguientes plazos, "sin perjuicio de la responsabilidad por infracciones administrativas que puedan corresponder":
  • En un plazo de 30 días a partir del vencimiento del plazo legal, sea cual sea la situación de la devolución a sustituir;
  • Hasta la finalización del plazo legal para interponer un recurso administrativo o judicial contra el acto de liquidación, para la corrección de errores u omisiones imputables a los contribuyentes que den lugar a una cuantía del impuesto inferior a la liquidada en base a la declaración presentada;
  • Hasta 60 días antes del vencimiento del plazo de prescripción, para la corrección de errores imputables a los contribuyentes que den lugar a una cuantía de impuesto superior a la previamente liquidada.

En este sentido, no hay lugar para una multa si la devolución de sustitución se envía dentro del plazo legal. En cuanto a su envío hasta 30 días después del plazo, puede ser objeto de una multa mínima de 25 euros. Si sólo se da cuenta del error hasta 60 días después de la fecha límite y el error perjudica a Hacienda, puede suponer una multa de entre 37,5 y 112,5 euros.

En la cuantía influyen aspectos como el tiempo transcurrido hasta la regularización, la gravedad del error y la culpa y situación económica del contribuyente. También hay que tener en cuenta que si la entrega es tardía y Hacienda encuentra inexactitudes u omisiones en la declaración, la multa puede ser mayor, entre 375 euros y 22.500 euros, añade la fuente de noticias.

Hay que tener en cuenta que hay ciertas circunstancias en las que puede haber una exención de la multa. Según el Régimen General de Infracciones Tributarias, "no se podrá imponer ninguna multa cuando el agente sea una persona física y siempre que, en los cinco años anteriores, no haya:
  • Haber sido condenado, mediante resolución firme e inapelable, en un procedimiento administrativo o penal por infracciones fiscales;
  • Se ha beneficiado del pago de una multa reducida en los términos de este artículo;
  • se ha beneficiado de la exención prevista en el artículo 32, si la infracción no ha causado ningún perjuicio real a los ingresos fiscales; ha subsanado la infracción cometida y ésta revela un bajo grado de culpabilidad.
Temas
Dicas Autoridade Tributária e Aduaneira Destaque Notícia Homepage IRS
¿Quieres recibir las últimas Súper Noticias?
pixel pixel